{"id":1323,"date":"2014-06-25T22:00:52","date_gmt":"2014-06-25T20:00:52","guid":{"rendered":"http:\/\/www.aavvtempranales.com\/blog\/?p=1323"},"modified":"2015-10-19T14:07:09","modified_gmt":"2015-10-19T12:07:09","slug":"desestimaciontsjm-competencia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.aavvtempranales.com\/blog\/asociacion-2\/desestimaciontsjm-competencia\/","title":{"rendered":"El TSJM desestima el recurso del Ayuntamiento referente a la competencia para resolver la Entidad y lo condena en costas"},"content":{"rendered":"
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha notificado esta ma\u00f1ana a la Direcci\u00f3n Letrada de la Asociaci\u00f3n de Vecinos de Tempranales el Auto<\/a>, contra el que no cabe recurso<\/span><\/strong><\/strong>, en el que se desestima la acci\u00f3n planteada por el Ayuntamiento de San Sebasti\u00e1n de los Reyes<\/span><\/strong><\/strong>\u00a0por la que \u00e9ste se opon\u00eda a que sea el Juzgado n\u00ba 5 de lo Contencioso-Administrativo sea quien resuelva el recurso planteado.<\/p>\n El Auto trae causa del recurso contencioso-administrativo<\/a> que la Asociaci\u00f3n interpuso contra la desestimaci\u00f3n de las 853 alegaciones presentadas por los vecinos del barrio contra la aprobaci\u00f3n definitiva de los Estatutos de la Entidad de Conservaci\u00f3n.<\/p>\n En las notificaciones que los vecinos recibieron, se pod\u00eda leer que \u201ccontra el precedente acuerdo, que pone fin a la v\u00eda administrativa, podr\u00e1 interponerse recurso contencioso-administrativo\u00a0ante la correspondiente Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid<\/em>\u201d.<\/p>\n La Asociaci\u00f3n de Vecinos de Tempranales present\u00f3 recurso contencioso-administrativo ante el citado Tribunal, que con fecha 6 de febrero de 2014\u00a0dict\u00f3 un Auto en el que se declaraba que no era competente<\/a>\u00a0para conocer dicho recurso, emplazando a interponer la acci\u00f3n judicial en los Juzgados de los Contencioso-Administrativo, decisi\u00f3n que fue recurrida por el Ayuntamiento de San Sebasti\u00e1n de los Reyes.<\/p>\n La Asociaci\u00f3n de Vecinos emiti\u00f3 un comunicado criticando duramente la falta de rigor del Ayuntamiento, al cursar unas notificaciones en las que se remit\u00eda a un \u00f3rgano judicial que no es competente para resolver la cuesti\u00f3n planteada.<\/p>\n Esta ma\u00f1ana ha sido resuelta la cuesti\u00f3n por el TSJM, quien ha desestimando\u00a0<\/span><\/strong>el el incidente de nulidad planteado por el Ayuntamiento, condenado tambi\u00e9n a pagar las costas a \u00e9ste<\/span><\/strong>.<\/p>\n La Asociaci\u00f3n de Vecinos de Tempranales valora positivamente el auto y recuerda, asimismo, que impugnar\u00e1 la asamblea de Constituci\u00f3n de la Entidad de Conservaci\u00f3n cuando el acta de la misma sea notificada a las partes.<\/p>\n Igualmente, el recurso contencioso-administrativo contra la Entidad de Conservaci\u00f3n sigue su curso judicial.<\/p>\n